Panamá, 17 de febrero de 2021.


Nuevas aperturas económicas y extensión de horario para actividades familiares en playas, ríos y balnearios

Desde el lunes 15 de febrero, el Ministerio de Salud (MINSA) anunció que el toque de queda es de 10:00 p.m. a 4:00 a.m. a nivel nacional. De igual forma, se conoció de nuevas aperturas comerciales en la provincia de Panamá y Panamá Oeste: lava autos, sastrería y zapaterías, industrias creativas y culturales (no cines).

En el caso de los restaurantes y comercios, los mismos han extendido su horario de atención al cliente hasta las 9:00 p.m. a nivel nacional, hora después de la cual no debe permanecer ningún personal (cliente o trabajador) dentro del establecimiento. La venta y consumo de bebidas alcohólicas solo se permite sí va como acompañamiento de las comidas.

Por su parte, la provincia de Herrera reabrió el comercio al por menor y las salas de belleza manteniendo las medidas de bioseguridad y el aforo de hasta el 50% de la capacidad de los clientes por local comercial.


Actividades que generen aglomeraciones (procesiones, romerías, novenas y misas masivas) han sido suspendidas para evitar contagios. Puntualmente las autoridades se refirieron a la peregrinación y procesión de Jesús Nazareno de Atalaya (en la provincia de Veraguas) para el fin de semana del 21 y 22 de febrero, la cual reiteraron que ha quedado suspendida.

El nuevo horario para las playas, ríos y balnearios es de 6:00 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes para las provincias de Panamá, Panamá Oeste, Coclé, Los Santos, Herrera y Veraguas. Por su parte, para las provincias de Chiriquí, Colón, Comarcas, Darién y Bocas del Toro, regirá el mismo horario, pero de lunes a domingo.

El cerco sanitario ubicado en el distrito de Capira fue suspendido y en su lugar, se estableció un puesto de control. El MINSA informó que se mantienen todos los puntos de control a nivel nacional y se podrán realizar pruebas de COVID-19 de manera aleatoria.

Puestos de control:

  • Provincia de Panamá: distritos de Capira y Chepo

  • Provincia de Herrera: sector de Divisa

  • Provincia de Los Santos: distrito de La Villa

  • Provincia de Colón: sector de Chagres

  • Provincia de Chiriquí: sector de Viguí


Recomendaciones para los viajeros del Aeropuerto Internacional de Tocumen ante las medidas sanitarias


El Aeropuerto Internacional de Tocumen recomienda a sus pasajeros que cuando se trasladen a la terminal aérea durante los períodos establecidos de toque de queda, tanto para la salida como para la llegada al país, lleven consigo su boleto de avión o itinerario de vuelo (según sea el caso) para mostrarlo a las unidades de la Policía Nacional en los puntos de control de movimiento o cercos sanitarios.

En caso de familiares o personas que requieran ir a recoger o dejar pasajeros a la terminal aérea, se les recomienda lleven consigo copia del boleto o información del vuelo del pasajero o familiar que van a recoger o que hayan dejado en el Aeropuerto para mostrarlo a las unidades de la Policía Nacional en los puntos de control de movimiento que estarán en las diversas áreas de la ciudad.


Se mantiene la restricción de ingreso para visitantes que hayan permanecido o transitado por Reino Unido y la República de Sudáfrica en los últimos 20 días.


Islas, costas del país o áreas geográficas con baja incidencia de COVID-19 requieren prueba de hisopado/PCR o antígeno negativo en puntos de control.


Según el Decreto Ejecutivo No.1690 del 29 de diciembre de 2020, las personas que con motivo de actividad turística se movilicen hacia las islas, costas del país o áreas geográficas que estén libres o presenten baja incidencia de COVID-19, según lo indique el número de casos reportados por día, deberán presentar en los diferentes puestos o puntos de control de ingreso a estas áreas, un certificado de prueba de hisopado/PCR o antígeno negativo de máximo 48 horas previo a su entrada al país.

Lo anterior se aplicará sin perjuicio que los funcionarios de la autoridad sanitaria puedan ordenar de manera aleatoria, la toma y recolección de muestras para la prueba de diagnóstico de COVID-19 en cualquier punto de acceso a estas áreas. De resultar positiva la prueba, la persona contagiada quedará obligada a cumplir con la medida de aislamiento obligatorio, según lo determinen los funcionarios de salud.